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Exigencias del Ministerio de Educación para colegios particulares pagados (2024–2026)

Esta sección resume las principales exigencias, requisitos y orientaciones del Ministerio de Educación (MINEDUC) aplicables a los colegios particulares pagados con reconocimiento oficial del Estado, vigentes entre los años 2024 y 2026.

El contenido está orientado a directores, sostenedores y equipos directivos, y considera tanto obligaciones normativas como criterios administrativos relevantes.

Reconocimiento oficial y autorización de funcionamiento

Todo colegio particular pagado que imparte educación formal debe contar con Reconocimiento Oficial del Estado, condición indispensable para la validez de los estudios impartidos.

Exigencias principales:

  • Cumplir con los requisitos del Decreto Supremo N° 315/2011, que regula la obtención, mantención y modificación del reconocimiento oficial.
  • Contar con un sostenedor legalmente responsable.
  • Acreditar infraestructura adecuada y condiciones de seguridad.
  • Disponer de personal directivo y docente con títulos y habilitaciones profesionales válidas.
  • Mantener un Proyecto Educativo Institucional (PEI) coherente con la normativa vigente.

🔗 Documento y orientación oficial:

https://www.comunidadescolar.cl/reconocimiento-oficial/

Proyecto Educativo Institucional (PEI)

El Proyecto Educativo Institucional es un instrumento obligatorio que define la identidad y orientación del establecimiento.

El PEI debe incluir:

  • Principios formativos y pedagógicos.
  • Objetivos educacionales por nivel.
  • Enfoque de inclusión, respeto y no discriminación arbitraria.
  • Lineamientos de convivencia escolar y bienestar de la comunidad educativa.

El PEI es revisado por el MINEDUC al momento de otorgar o modificar el reconocimiento oficial.

🔗 Orientaciones generales MINEDUC:

https://www.ayudamineduc.cl/

Reglamento Interno y convivencia escolar

Los colegios particulares pagados deben contar con un Reglamento Interno actualizado, coherente con las leyes educacionales y las orientaciones del MINEDUC.

Exigencias clave:

  • Normas claras de convivencia escolar.
  • Procedimientos disciplinarios con debido proceso.
  • Medidas proporcionales y con enfoque formativo.
  • Protocolos frente a situaciones de conflicto, vulneración de derechos o violencia escolar.
  • Implementación del Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE).

🔗 Orientaciones sobre convivencia escolar:

https://convivenciaparaciudadania.mineduc.cl/

Planes y programas obligatorios

Independiente de su fuente de financiamiento, los colegios con reconocimiento oficial deben implementar los planes exigidos por normativa, entre ellos:

Planes obligatorios:

  • Plan de Formación Ciudadana (Ley N° 20.911).
  • Planes curriculares según nivel educativo.
  • Programas de Educación Física conforme a bases curriculares vigentes.
  • Acciones de promoción del respeto, participación y vida democrática escolar.

🔗 Planes establecidos por normativa:

https://liderazgoeducativo.mineduc.cl/planes-establecidos-por-normativa/

Trámites administrativos ante el MINEDUC

Los colegios particulares pagados deben realizar diversos trámites ante el MINEDUC o la Secretaría Regional Ministerial de Educación (SEREMI) correspondiente.

Trámites frecuentes:

  • Solicitud o modificación del reconocimiento oficial.
  • Apertura o cierre de cursos y niveles.
  • Cambio de sostenedor, representante legal o domicilio.
  • Autorización de anexos o nuevas dependencias.
  • Acreditación de planta docente y directiva.

🔗 Guía de trámites MINEDUC:

https://www.ayudamineduc.cl/

Estándares de gestión y calidad educativa

El MINEDUC promueve estándares de calidad y liderazgo educativo que, si bien no siempre generan obligaciones directas, inciden en procesos de evaluación y fiscalización.

Estos estándares consideran:

  • Liderazgo pedagógico.
  • Gestión institucional.
  • Formación y experiencia del equipo directivo.
  • Mejora continua de los procesos educativos.

Nueva Ministra de Educación

A partir del 11 de marzo de 2026, asumirá como Ministra de Educación de Chile María Paz Arzola, quien fue designada por el Presidente electo José Antonio Kast en el marco de su gabinete ministerial. Arzola es ingeniera comercial con mención en Economía, formada en la Pontificia Universidad Católica de Chile, y posee magíster en Economía y magíster en Filosofía Política y Ética, lo que aporta una combinación de análisis económico y reflexión filosófica al diseño de políticas públicas. Antes de su nombramiento como ministra, se desempeñó como coordinadora del Programa Social del centro de estudios Libertad y Desarrollo, donde lideró iniciativas relacionadas con educación, pobreza y políticas públicas, participando además en diversas mesas técnicas y debates sobre temas educacionales. Su trayectoria incluye publicaciones especializadas y análisis críticos de reformas educativas recientes, así como participación en discusiones sobre Admisión Escolar, convivencia, liderazgo directivo y otros temas de política educativa. Arzola será la responsable de conducir la cartera de Educación en un contexto de cambios normativos y desafíos para el sistema escolar chileno.

Este cambio de autoridad puede implicar:

  • Ajustes en prioridades de política educativa.
  • Nuevas orientaciones regulatorias.
  • Eventuales modificaciones normativas o administrativas.

Los colegios particulares pagados deberán mantenerse atentos a las comunicaciones oficiales del MINEDUC durante el año 2026.

🔗 Sitio oficial del Ministerio de Educación: https://www.mineduc.cl/

Resumen ejecutivo

MINEDUC exige a los colegios particulares pagados reconocimiento oficial, PEI, reglamento interno y planes obligatorios.

No participan en el SAE, pero deben asegurar procesos de admisión transparentes.

Deben cumplir con trámites administrativos ante el MINEDUC y SEREMI.

Desde el 11 de marzo de 2026, el sistema educacional contará con una nueva Ministra de Educación, lo que hace especialmente relevante el seguimiento normativo.